domingo, 6 de septiembre de 2015

La anacrónica Ley Universitaria Nº 30220.

La anacrónica Ley Universitaria Nº 30220.

Renatto Bautista Rojas
Licenciado en Ciencia Política por la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV)

Frontis del Local Central de la UNFV.

El actual gobierno con sus aliados en el Congreso lograron la aprobación de la Ley Universitaria Nº 30220; sin generar, consensos con las autoridades, docentes, estudiantes de pre y post grado, y el personal administrativo de nuestras Universidades.
Es una ley impuesta bajo la entonces mayoría parlamentaria, sin contar con la opinión ni que decir consenso de la comunidad universitaria en su mayoría.
¿Cuáles son los puntos más negativos de esta anacrónica Ley Universitaria?
Primero, la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) es violatoria de la autonomía universitaria porque está adscrito al Ministerio de Educación que a la vez responde al Presidente de la República; por lo tanto, la interferencia política gubernamental es una relación dable. Además, la misma ley en su artículo 12 señala que está adscrito al Ministerio de Educación. Los defensores de este organismo anacrónico comparado con su par en la dictadura militar (1968-1980) dirán que la SUNEDU vela la calidad académica. Este punto es una falacia del tamaño de las pirámides egipcias porque mientras los presupuestos de las Universidades Públicas siga siendo paupérrimos, jamás las autoridades ni docentes ni tercios estudiantiles podrán implementar aulas virtuales, construir auditorios modernos para conferencias magistrales ni que decir del proceso de la acreditación que el actual gobierno y sus aliados no dicen ni una palabra.
Recordemos que el Superintendente es designado por Resolución Suprema a propuesta del Ministro de Educación como lo señala el artículo Nº 20 de esta anacrónica ley. Ésta es otra prueba irrefutable del control político digitado desde Palacio de Gobierno.
Segundo, la creación de nuevas Universidades Públicas se regentara bajo una Comisión Organizadora  designada por el Ministro de Educación como lo señala el artículo Nº 29 de la presente ley; es decir, volvemos a demostrar la interferencia gubernamental en relación a las Universidades Públicas. El dedo político nacerá con la nueva Universidad Pública.
Tercero, en mi experiencia como Licenciado en Ciencia Política y Jefe de Práctica en la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV) he constatado que obtener el grado académico de Bachiller, el Título Profesional como estudios de Post Grado no sólo representa un esfuerzo académico sino una gran inversión económica. Lo que dice el papel puede parecer bonito, pero la realidad lo supera. Les pregunto: ¿Del 100% de egresados de nuestras Universidades Públicas cuantos obtienen un trabajo formal? De seguro es el mínimo de cada promoción; es decir, sin un trabajo formal y remunerado como podrán los egresados obtener su bachillerato y su posterior Título Profesional, ni que decir de estudios de Maestría. El artículo Nº 45 de esta ley anacrónica (sobre la obtención de grados y títulos) es irreal porque no se congruente con la realidad que afrontan la mayoría de egresados ni con la logística de las Universidades Públicas que no motivan; en su mayoría, a las investigaciones académicas. Otra vez, el Estado soslaya en el aspecto presupuestal a nuestras Universidades Públicas porque sin dinero como se investigará, es imposible investigar de la nada.
Cuarto, en nuestro entender el capítulo más anacrónico y polémico es el Nº VII Gobierno de la Universidad (artículo Nº 55 hasta el artículo Nº 78).
Revisemos algunos detalles: Para ser representante estudiantil ante cualquier órgano de gobierno (Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y Consejo de Facultad) se debe pertenecer al tercio superior. Muestra total de una discriminación negativa como lo denominan los abogados.                    ¿Qué tal incongruencia con la realidad? Seamos honestos; mayormente, el estudiante que está en los primeros lugares no le interesa involucrarse en la dirigencia universitaria, prefiere dedicarse a estudiar y sólo estudiar. Claro, nos referimos a los estudiantes del tercio superior que en verdad estudian y que no obtienen buenas notas en base a coimas, sobonerías u otras prebendas que de una manera anti ética obtendrían buenas notas que lo coloquen dentro del Tercio Superior. Vayamos más al fondo y con toda sinceridad, en nuestras Universidades Públicas existe una relación directa de docentes con las agrupaciones estudiantiles. Quién niegue esta realidad sería como afirmar que el actual gobierno es eficiente y es el mejor del Perú Republicano. De seguro, por una preferencia política algunos docentes pondrían mayores notas a sus estudiantes a fines a su grupo; en contraposición, de los estudiantes venidos de otras canteras ¿O no? Pertenecer al Tercio Superior se ha convertido en una perfecta herramienta de manipulación política de los docentes. La SUNEDU; anacrónica en su origen, no puede ni podría supervisar esta realidad, ni las autoridades ni los tercios estudiantiles.
 ¿Quién podría controlar al controlador de notas? La respuesta es obvia.
Se debería volver, al mecanismo que señala la anterior Ley Universitaria Nº 23773 donde los estudiantes que postulen a los órganos de gobierno sean quiénes hayan aprobado el ciclo o el año anterior de estudios. Toda herramienta de manipulación debe ser eliminada de esta anacrónica Ley Universitaria.
El Consejo Universitario con la anterior Ley Universitaria todos los decanos la conformaban, ahora lo conforman ¼ del total de decanos elegidos entre ellos; es decir, esta anacrónica ley ha eliminado representantes en el Consejo Universitario.
La elección de autoridades como Rector, Vicerrectores y Decanos se ha hiper politizado. Antes, con la Ley Universitaria Nº 23773 los estudiantes y docentes elegían a sus representantes para el Consejo de Facultad como la Asambleísta y los representantes (tanto de docentes y estudiantes) elegían a las autoridades. Ahora, con la anacrónica Ley Universitaria Nº 30220 por “elección universal y ponderada” se eligen a las autoridades y si ninguno de los candidatos obtiene el 50% más 1 voto, los dos más votados pasan a una segunda vuelta; es decir, la batalla política como la incertidumbre reinarán en nuestras Universidades Públicas. Los candidatos a Rector, Vicerrectores y Decanos tendrán que ir de aula en aula y realizar promesas como si fuesen los redentores de todos los tiempos; es decir, la Universidad Pública caería bajo un populismo característica de los países de nuestra región Latinoamericana.
El artículo Nº 72 al establecer que las listas ganadoras (se entiende con la mayor votación) obtengan el total de representación es un asesinato político al principio del pluralismo democrático. Dicho principio, permite la existencia de una mayoría como de una minoría, con la anterior ley universitaria existían la representación en mayoría como en minoría ahora ya no lo existe.
La democracia representativa siempre ha entendido en la existencia de mayorías y de minorías donde todos los sectores estén representados. Ahora este sistema electoral construirá la dictadura de una mayoría, que será relativa en la medida que no existan actores que con claridad y firmeza se atrevan a cuestionar dicha violación ya no sólo a la autonomía universitaria sino a los pilares básicos de la democracia liberal venida desde el siglo XIX.
Quinto, otro artículo anacrónico de esta ley es el Nº 84 donde se pone como edad máxima de la docencia universitaria a los 70 años. Nos preguntamos ¿Cuál fue el criterio de la comisión de Educación para poner un tope a los 70 años? Este artículo es un atropello y una barbaridad porque cercena a nuestras Universidades Públicas de docentes con gran experiencia no sólo en la docencia universitaria sino en la gestión pública. He tenido docentes en Pre Grado que fueron Presidentes de Directorios de empresas estatales como Congresistas; es decir, hoy se priva a la juventud de tener esa relación directa con docentes con amplia experiencia profesional.
De seguro, habrán más razones que esgrimen que la actual Ley Universitaria es anacrónica; por lo cual, su derogación es una urgencia que reclama nuestras Universidades Públicas.
Nuestra propuesta es la derogación de la actual Ley universitaria y la restitución de la anterior Ley Universitaria Nº 23773 hasta que con el consenso de la comunidad universitaria se elabore y aprueba una Ley Universitaria acorde a las exigencias académicas y profesionales de nuestra actual sociedad.



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