sábado, 11 de abril de 2015

¿Pareja Presidencial?

¿Pareja Presidencial?

Renatto Bautista Rojas
Licenciado en Ciencia Política por la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV)

El presente artículo está titulado  “Pareja Presidencial” entre signos de interrogación porque constitucionalmente no existe tal figura, sólo existe la figura jurídica del Presidente de la República. Sino que los adeptos y/o aliados del actual gobierno nos demuestren en que artículo de la Constitución Política se menciona el término “Pareja Presidencial.”

Los artículos 110º hasta el 118º se refieren al Presidente de la República; en ninguna línea, se establece el “cargo” de Primera Dama ni se menciona la figura “Pareja Presidencial.” La mención de Primera Dama para la esposa del Presidente de la República es honorifica, no es constitucional.

El actual mandatario usa indiscriminadamente el término de “Pareja Presidencial”; lo cual, no lo deberíamos aceptar ni decirlo: Primero, porque dicha figura no es constitucional; por lo tanto, no existe en nuestro ordenamiento jurídico vigente. Segundo, al usar ese término se está cayendo en la dinámica del gobierno que siempre se ha caracterizado en empoderar a la esposa del Presidente de la República. Recordemos, la designación de la esposa del Presidente como Presidenta del partido de gobierno. Tercero, la mayoría de peruanos eligió como Presidente de la República a Ollanta Humala no se eligió a una “Pareja Presidencial” para que ejerciera las funciones de Primer Mandatario de la Nación. Cuarto, al decir ese término se está generando mayor propaganda política a la esposa del Presidente de la República; lo cual, sería negativo si postulará en el 2016 al Congreso de la República.

Se utilizaría el aparato estatal para empoderar a una candidata con alta probabilidad de salir electa y lograr la inmunidad parlamentaria.

Desde el uso del término “Pareja Presidencial” pasando por el ilegal resguardo a Oscar López Meneses, los tráficos de influencia de Belaúnde Lossio, hasta el espionaje realizado por la DINI; es muy probable, que el actual Presidente y su círculo cerrado (incluyendo a su esposa) sean investigados no sólo por el Congreso de República del próximo período sino también por el Poder Judicial, pero si la Esposa del Presidente de la República llegará a ser Congresista (lo repito es muy probable) tendría Inmunidad Parlamentaria y no podría ser investigada por ningún órgano jurisdiccional sobre el poder construido de manera ilegal porque ella no fue electa por la mayoría de peruanos, el electo como Presidente de la República (valga la reiteración) fue su esposo Ollanta Humala.


No caigamos en la agenda del gobierno al repetir el término “Pareja Presidencial” porque responde a una clara intención política de empoderamiento de la esposa del actual mandatario. La propaganda gratis les podría favorecer a ellos y usemos los términos constitucionales: Presidente de la República siempre, jamás “Pareja Presidencial.” Tan claro como el agua. 


Banda Presidencial del Perú. 



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