¿Pareja Presidencial?
Renatto Bautista Rojas
Licenciado en Ciencia Política por
la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV)
El
presente artículo está titulado “Pareja Presidencial” entre signos de
interrogación porque constitucionalmente no existe tal figura, sólo existe la
figura jurídica del Presidente de la República. Sino que los adeptos y/o
aliados del actual gobierno nos demuestren en que artículo de la Constitución
Política se menciona el término “Pareja
Presidencial.”
Los
artículos 110º hasta el 118º se refieren al Presidente de la República; en
ninguna línea, se establece el “cargo”
de Primera Dama ni se menciona la figura “Pareja
Presidencial.” La mención de Primera Dama para la esposa del Presidente de
la República es honorifica, no es constitucional.
El
actual mandatario usa indiscriminadamente el término de “Pareja Presidencial”;
lo cual, no lo deberíamos aceptar ni decirlo: Primero, porque dicha figura no
es constitucional; por lo tanto, no existe en nuestro ordenamiento jurídico
vigente. Segundo, al usar ese término se está cayendo en la dinámica del
gobierno que siempre se ha caracterizado en empoderar a la esposa del
Presidente de la República. Recordemos, la designación de la esposa del
Presidente como Presidenta del partido de gobierno. Tercero, la mayoría de
peruanos eligió como Presidente de la República a Ollanta Humala no se eligió a
una “Pareja Presidencial” para que
ejerciera las funciones de Primer Mandatario de la Nación. Cuarto, al decir ese
término se está generando mayor propaganda política a la esposa del Presidente
de la República; lo cual, sería negativo si postulará en el 2016 al Congreso de
la República.
Se
utilizaría el aparato estatal para empoderar a una candidata con alta
probabilidad de salir electa y lograr la inmunidad parlamentaria.
Desde
el uso del término “Pareja Presidencial” pasando
por el ilegal resguardo a Oscar López Meneses, los tráficos de influencia de
Belaúnde Lossio, hasta el espionaje
realizado por la DINI; es muy probable, que el actual Presidente y su círculo
cerrado (incluyendo a su esposa) sean investigados no sólo por el Congreso de
República del próximo período sino también por el Poder Judicial, pero si la
Esposa del Presidente de la República llegará a ser Congresista (lo repito es
muy probable) tendría Inmunidad Parlamentaria y no podría ser investigada por
ningún órgano jurisdiccional sobre el poder construido de manera ilegal porque
ella no fue electa por la mayoría de peruanos, el electo como Presidente de la
República (valga la reiteración) fue su esposo Ollanta Humala.
No
caigamos en la agenda del gobierno al repetir el término “Pareja Presidencial” porque responde a una clara intención
política de empoderamiento de la esposa del actual mandatario. La propaganda
gratis les podría favorecer a ellos y usemos los términos constitucionales:
Presidente de la República siempre, jamás “Pareja
Presidencial.” Tan claro como el agua.
Banda Presidencial del Perú.
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